Revista Ciencias Sociales y Económicas - UTEQ (2020)

ISSN 2588-0586 IMPRESO; ISSN 2588-0594 ELECTRÓNICO

Volumen 4, Número 1. Semestral (enero-junio)

Peculiaridades de Labor Orientadora en la Prevención de los Trastornos de la Conducta

Reclamo Actual

Peculiarities of Guiding Work in the Prevention of Social Behavioral Disorders Current

Claim

*Niurka Téllez Rodríguez P.T¹, **Eduardo Nicolás Bonne Falcón. P.T¹

¹Cuba Universidad de Oriente

*ntellez@uo.edu.cu, **enbonnef@uo.edu.cu

Fecha de recepción: 08/12/2019

Fecha de aceptación: 01/06/2020

Publicado: 30/06/2020

Resumen

El artículo parte de las inconsistencias teórico prácticas en torno al desarrollo de la labor orientadora por parte de los actores sociales en el proceso de prevención de los trastornos de la conducta en la población infantil, proponiendo una concepción que legitime las particularidades de dicha labor en aras de favorecer la protección del menor desde la promoción de la justicia pedagógica como cualidad de la mencionada labor.

Palabras clave: Prevención, Justicia pedagógica, trastornos de la conducta.

Summary

The article starts from the theoretical inconsistencies regarding the development of the guidance work by the social actors in the process of prevention of behaviour disorders in the child population, proposing a conception that legitimizes the particularities of such work for the sake of to favour the protection of the child from the promotion of pedagogical justice as a quality of the mentioned work.

Keywords: Prevention, Pedagogical justice, behaviour disorders.

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Introducción

La contemporaneidad de los procesos sociales se caracteriza por la complejidad en la interacción de los agentes socioeducativos. En los espacios de interrelación de estos agentes, suele apreciarse, de manera general, la existencia de numerosos fenómenos que se dirigen hacia la aparición de determinados niveles de degradación en las relaciones humanas, todo lo cual puede llegar a generar desajustes en la conducta y en los valores de la convivencia. El convulso panorama mundial, advierte la necesidad de desarrollar la prevención de los múltiples factores que condicionan la aparición de estos desajustes.

La prevención se ha constituido, desde el pasado siglo XX, en una preocupación social que ha generado todo el accionar de gobiernos y agrupaciones internacionales en la búsqueda de poder establecer un orden de equidad social, que facilite la existencia de la raza humana. A pesar de los esfuerzos realizados, son evidentes los síntomas de deterioro que se reflejan en los diferentes espacios y sectores poblacionales. Los menores son uno de los más vulnerables, ellos sufren problemas de integración social, de explotación infantil, discriminación sexual o racial, erosión de los valores morales, de pérdida de puntos de referencia que tienden a reforzar sentimientos de inseguridad, desconfianza y pesimismo.

Por ello, en la atención a los complejos problemas que hoy ocupa el proceso de formación de las nuevas generaciones, se refuerza la significación de la labor de orientación de los órganos que intervienen en el proceso de educación social, como vía mediante la cual se logra la apropiación de valores y códigos establecidos por la sociedad.

El objetivo esencial del proceso de educación social es la formación de ciudadanos en correspondencia con el modelo vigente. Con este fin, se organiza el sistema de influencias educativas con las que interactúan los sujetos de la educación. Ello presupone la participación activa de todos los implicados, lo que demanda remodelar el funcionamiento de los gestores del proceso formativo, en aras de lograr mayor eficiencia en el papel

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socializador que les corresponde. A partir de estos propósitos, la orientación adquiere un significativo rol en aras de encauzar el proceso de formación del sujeto. La categoría orientación ha sido abordada desde diferentes modelos, enfoques y ciencias, en los contextos socioeducativos, la misma desde el enfoque integrador alcanza una vital importancia en la solución de problemas que se producen en los diferentes espacios socioculturales.

En las investigaciones cubanas, relacionadas con la orientación (Álvarez I., 1998, Suárez C. y Paz I., 1999, Recarey S., 2004, Paz I. 2005 y otros), se refuerza su comprensión como un proceso que promueve y actualiza las potencialidades de los sujetos participantes, comprometiendo sus recursos personológicos. Estos recursos son diversos, en su esencia se relacionan con el sistema de autorreferentes de la personalidad. Sin embargo, en los estudios realizados, el análisis de la esencia y expresiones de la labor orientadora son insuficientes.

La consideración de la orientación educativa, en la búsqueda de posibles alternativas de respuestas a las contradicciones y conflictos le impone un carácter de esencia en todo el proceso educativo, en este sentido las investigaciones y las proyecciones de trabajo, auspiciado por diferentes instituciones y organismos, así como las observaciones y experiencias de la autora, han permitido precisar las principales dificultades en torno a la orientación para la prevención de los trastornos de la conducta en la población infantil:

Existe cierto espontaneísmo en la coordinación y la integración de los educadores sociales en el espacio escuela- comunidad y familia para la solución de problemas y necesidades del educando, en tanto no se precisa una metodología o enfoque que explicite cómo realizar esta labor.

En la mayoría de los casos la orientación se centra solamente en la atención al educando con trastorno de conducta, sin el necesario vínculo interno en la relación de los agentes socioeducativos que se involucran en la atención al menor.

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Pobre atención a las demandas socioeducativas, de necesidades de orientación, propias del educando en los diferentes contextos de su actuación, así como una atención diversificada de acuerdo con las particularidades socioculturales de estos contextos socioeducativos.

Incoherencia entre el alcance de un trabajo preventivo efectivo y el empleo en la preparación metodológica de concepciones que posibilitan la comprensión y concientización del carácter anticipatorio de la orientación educativa.

Todo esto incide negativamente en la labor de prevención del trastorno de conducta que despliega el Consejo de Atención a Menores, siendo necesario perfeccionar la dimensión orientadora del mismo, por lo que se declara como problema científico: insuficiencias que se presentan en el proceso educativo que desarrollan los educadores sociales que limitan la pertinencia del comportamiento social de los menores con trastornos de conducta. Se define como objeto de investigación: el proceso de prevención del trastorno de conducta. Se propone como objetivo el establecimiento de una concepción sociopedagógica que revele las particularidades de la labor orientadora.

Para la cristalización de las tareas se utilizaron los métodos de investigación teóricos y métodos empíricos. Del nivel teórico se emplearon: el método de análisis síntesis (que permitió profundizar en los referentes teóricos del proceso de prevención y en la orientación), el método holístico-dialéctico (para la concepción del campo de acción, mediante la determinación de sus configuraciones y de las relaciones que lo conforman) y el sistémico- estructural. Del nivel empírico se utilizaron la observación, las encuestas, las entrevistas, el análisis documental y el método de consulta a expertos: para comprobar y conocer los criterios especializados sobre la concepción sociopedagógica que se propone.

Desarrollo

El proceso orientación en la prevención del trastorno de conducta

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La concepción marxista leninista del desarrollo, permite la comprensión de la actividad humana y las relaciones sociales, como conjunto de las cuales se constituye la esencia humana1, esta posición, se tuvo en cuenta en el análisis de la relación educación- prevención- orientación en la praxis.

La educación como fenómeno social posee como finalidad la formación integral del sujeto, es un medio esencial para la prevención del trastorno de conducta sin embargo, la prevención como función de la educación no se agota en el espacio escolar, sino que requiere de la implicación de múltiples agencias y agentes, que desde la educación social 2 se involucren en la consecución del proceso de dinamización y activación de las condiciones en las que transcurre la apropiación y trasmisión de la cultura, la prevención y reconducción de la dificultad o inadaptación.

La educación social desde su función promotora y dinamizadora de la sociedad que eduque y de una educación que socialice e integre, posibilita la prevención del riesgo en el proceso de formación del sujeto, desde el ámbito de la educación social especializada, que involucra a las instituciones y órganos especializados en la atención a los grupos de riesgos e inadaptados. Estos presupuestos se asumen en el presente trabajo por la pertinencia de la naturaleza social, cuya labor no se agota desde la Pedagogía, sino que se fundamenta desde la Pedagogía Social.3

1Marx C y F Engels Obras Completas. Pág. 123 Editorial Moscú (s.a).

2Es entendida la educación social, por un lado, como la dinamización o activación de las condiciones educativas de la cultura, y de la vida social y sus individuos; y, por otro, como la prevención, compensación y reconducción socioeducativa de la dificultad, la exclusión o el conflicto social. La educación social posee una función promotora y dinamizadora de una sociedad que eduque y de una educación que socialice e integre, y, a la vez, ayuda mediante la educación a evitar, equilibrar y reparar el riesgo, la dificultad o el conflicto social (Ortega Esteban José. Pedagogía social y pedagogía escolar: la educación social en la escuela En. Revista de Educación, núm. 336 (2005), pág. 113)

3Considerada como la reflexión crítica, la disciplina científica, que considera, conceptúa e investiga la educación social. Tomado de Ortega Esteban J., “Pedagogía social y Pedagogía escolar: la educación social en la escuela”, en Revista Educación núm. 336 (2005) pág. 114

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En muchos países, a los menores con trastornos de la conducta se les llama “niños delincuentes”, “niños transgresores”, “niños de la calle”, “niños en circunstancias especialmente difíciles”. En Cuba, al no existir la concepción del delito, para los menores de 16 años, se incluyó la atención de todo tipo de menor que presente trastorno de conducta con el propósito de producir una transformación positiva, desde la conformación de un sistema de preventivo, integrado por diversas agencias socioeducativas (familia, organismos y organizaciones, sectores, entre otros).

La prevención se considera como proyección estratégica, que permite que estos agentes logren anticiparse a los posibles elementos generadores del trastorno de conducta, y evitar el agravamiento de esta si existiera; para ello se emplean de manera intencional y rigurosamente científica un conjunto de herramientas que permitan orientar (ayudar, asesorar, aconsejar) a la familia, a la comunidad, a la escuela, e incluso, a los profesionales que en representación de las distintas instituciones requieran información para desarrollar la labor preventiva.

La consideración del menor, en nuestro país, tiene como objetivo la reorientación, sin embargo, el término (menor) se emplea desde una comprensión jurídica, ya que se refiere a aquel que aún no ha cumplido la edad fijada en la ley para gozar de la plena capacidad jurídica, reconocida con la mayoría de edad y que al realizar un hecho que la ley considera delictivo, se infiere la falta de responsabilidad jurídica, pues carece de la madurez intelectiva y volitiva necesaria para comprender la significación antijurídica de su conducta y actuar conforme a ese conocimiento: no se les puede exigir responsabilidad penal, la cual implica tratarlos como si con su edad pudieran discernir entre el bien y el mal como lo haría un adulto.

Aunque el término menor tiene su origen en la palabra latina Minos, y distingue al hombre como persona entre los que aún no han alcanzado el desarrollo pleno de su

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personalidad y quienes ya lo obtuvieron, su empleo abarca diferentes etapas del desarrollo psíquico que van desde la etapa preescolar hasta el final de la adolescencia temprana, lo que implica que se contemple necesariamente particularidades psicopedagógicas diferentes en consonancia con las diferentes etapas aludidas, que condicionan de manera diferente el comportamiento. Se considera pertinente delimitar cada una de estas etapas, para poder estructurar la labor orientadora en función de organizar el trabajo de acuerdo con el desarrollo que debe lograrse en cuanto a los procesos y funciones psíquicas, así como otros aspectos del desarrollo de la personalidad que, como regularidades de cada momento, tienen una diferenciación y, por tanto, requieren de una orientación específica.

Es importante reconocer, que a pesar de los esfuerzos realizados, (en nuestro país, como fuera de este contexto nacional) para eliminar las causas y condiciones que generan el trastorno de la conducta, aún existen menores que evidencian un cierto nivel de fracaso, en las disímiles influencias educativas recibidas, por lo que se requiere de una comprensión totalizadora, para asumir con eficacia los obstáculos y los retos que presenta la orientación tanto a nivel de conocimiento como a nivel de los valores, fundados en ideas, argumentos y visiones diferentes que permitan restablecer niveles de confianza y de reajuste a la sociedad en correspondencia con las exigencias de esta.

En la práctica educativa se evidencia en reiteradas ocasiones que se violan los derechos del menor, o no se le educa en correspondencia con sus necesidades, o no se les tiene en cuenta como participante activo del proceso que se desarrolla, y de esta manera es vulnerable a los desajustes de la conducta, lo que se puede expresar en el entorno familiar, social y escolar.

Autores como Fabelo Corzo y Acosta Morales (2008) hacen un llamado a que el acto educativo se identifique con la justicia, la posición de estos autores es consistente con los fines de la investigación y permite eliminar la limitada concepción de justicia y asumir la

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justicia pedagógica desde una mirada multidimensional compleja, que implique su acceso desde los presupuestos de la atención a la diversidad, que garantiza la protección al derecho a la vida y el ofrecimiento de la igualdad de condiciones en el tratamiento al educando en su contexto.

Al ser la prevención y la labor orientadora las categorías enriquecidas en esta investigación es notorio significar cómo se imbrica en este particular la justicia, el destacado investigador Fabelo Corzo (2008) sentenciaba que la justicia se ha convertido hoy en condición sine qua non de la preservación de la especie humana y que el futuro del mundo tendrá que ser sobre la base de la misma.

La investigadora argentina Lamas Ladaga (2006) señaló la necesidad de la justicia pedagógica en el contexto de la institución escolar, aunque su postura se relaciona con el sistema de valores ético axiológico de los profesionales de la educación no explicita, suficientemente, los argumentos que sostienen su concepción desde la orientación, fuera del contexto escolar.

Ortega Rodríguez L. (2008) en su artículo titulado: El sistema de administración de justicia de menores en Cuba: Su dimensión jurídica pedagógico-metodológica, refiere que los menores que infringen las normas sociales o jurídicas, no son juzgados sino que son atendidos por instituciones especializadas que se encargan de la investigación, procesamiento y decisión de las medidas a adoptar con ellos y sus familiares o personas responsables. No obstante, cabe señalar que la tendencia a la administración de justicia en los menores portadores de un trastorno de conducta, ha estado dirigida a la adopción de medidas hacia el menor en detrimento de la toma de disposiciones hacia los agentes generadores de dichos trastornos, ya que en la actualidad se ha evidenciado que las causas del trastorno son consecuencias, en algunos casos, de las malas praxis de los profesionales de la educación, de la familia y de los

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modelos inadecuados del comportamiento que se asume el educando en algunos grupos y comunidades socioculturales.

El investigador brasileño Gomes da Costa Antonio Carlos (2010), en su artículo: Pedagogía y Justicia, señala que las dimensiones jurídica y pedagógica de la responsabilidad no son antagónicas ni divergentes, sino convergentes y complementarias en la atención al menor que infringe las normas. Tal consideración, aunque apunta hacia la integración de estas categorías, justicia y pedagogía no logra ser argumentada explícitamente.

A partir de lo anterior y de la concepción de Pérez F. (2007), se justifica entonces que la labor y atención que requiere el educando, con trastornos de conducta, tienen un carácter eminentemente educativo, cuyo alcance tiene que ver con la calidad de la educación social, por lo que trasciende los límites del espacio escolar (Tellez 2011).

El término orientar, viene del vocablo latino oriente, que significa la parte donde nace el sol; naciente, este, levante. La orientación no es más que el acto o arte de orientar (se); dirección, guía, regla, tendencia, impulso, inclinación. Los aportes de Vygotsky L. S. y sus seguidores, permiten comprender la orientación educativa como un proceso de mediación social que viabiliza el crecimiento personal del educando y del educador. En el modelo teórico de la orientación educativa, de Suárez C. y Del Toro M. (2006) se establecen tres dimensiones del proceso: interactiva, subjetiva y socio comunitaria. Resulta valiosa esta delimitación y la concepción del proceso, a partir de los problemas desencadenados por la educación; aunque el modelo particulariza los problemas referidos al aprendizaje y se focaliza desde el proceso enseñanza aprendizaje, se asume el modelo, ya que desde la labor orientadora del órgano, su actuación está relacionada a la solución de problemas que se generan en la educación social del sujeto.

La prevención como concepto interdisciplinar, refleja procesos que se pueden analizar desde diferentes niveles de la realidad. Cuando se trata de la adopción de medidas

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para prevenir el trastorno de conducta, se requiere de la elaboración de tareas en las que pueden y deben participar, en función de sus competencias, científicos y profesionales de las ciencias sociales como psicólogos, psicopedagogos, médicos, trabajadores sociales, mediante la armonización, reflexión y orientación científica de la praxis que sintetice y coherencia al conjunto de elementos y factores socioeducativos que intervienen en la educación del sujeto. Atendiendo al punto de vista que se sostiene en la presente tesis, lo relacionado con la prevención debe ser ponderado desde una visión más integral y abarcadora, que le reconozca no solamente un papel a las instituciones educativas, sino también a las demás figuras mediadoras en la formación del educando.

La labor orientadora en el proceso de prevención del trastorno de conducta

La relación educación-orientación es uno de los fundamentos epistemológicos de la investigación, lo cual permite comprender la orientación del trabajo educativo a escala micro social, en tanto se especifica la prevención del trastorno de conducta desde la labor del CAM, desarrollada con una perspectiva integradora, que permite que la efectividad del proceso se logre desbordando los límites del espacio escolar; pues, la familia desempeña un rol determinante, además de la influencia que pueden ejercer los medios de difusión masivos, así como las vías no institucionales e institucionales de educación.

Sociología Educativa

Permite en un contexto socio-histórico específico, comprender la esencia humana, en un entorno concreto e insertado en un sistema particular de relaciones, que posibilita afirmar que la persona devenga ser social, a través de un complejo y sistemático proceso de socialización en el que la escuela como agente socializador, desempeña un papel importante al igual que el resto de las agencias socializadoras. Esta comprensión se asume porque se dirige a descubrir el carácter integral y global de la naturaleza humana.

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Esta concepción sociopedagógica sitúa su marco epistemológico general en la Teoría Holístico-Dialéctica, referentes teóricos que permiten explicar e interpretar la esencia de la labor de orientación al revelar sus dimensiones y configuraciones como expresión de sus relaciones, desarrollo y transformación.

Los postulados científicos de la Pedagogía Social de Caride Gómez, Ortega E., (2007) y de la educación social de Graterol G. (2011), abordan la Pedagogía Social desde la vida cotidiana, valorando su papel en la educación del sujeto para la comprensión de las realidades y desafíos en la construcción de la ciudadanía, esto se erige como fundamento pedagógico que a través de la perspectiva social justifica la labor orientadora. Otro de los fundamentos, es la comprensión pedagógica de atención a la diversidad de Venet, R. y otros, (2010), asumida esta como el conjunto de acciones socioeducativas que en un sentido amplio pretenden prevenir y dar respuesta a las necesidades, temporales o permanentes, del educando y sus contextos.

Breve argumentación de la concepción sociopedagógica de la labor orientadora en el

proceso de prevención del trastorno de conducta

En la presente investigación, se entiende por concepción sociopedagógica una representación teórica articulada por el conjunto de ideas, conceptos y categorías, sistematizados por la Pedagogía Social que, a partir de sus relaciones internas, esenciales y estables definen las peculiaridades de un proceso educativo particular, en este caso la educación social, a través de la cual se intenta redefinir sus tiempos y espacios más allá del contexto escolar, para convocar a nuevos sujetos, así como diversificar sus métodos y contenidos con una visión mucho más integral e integradora de lo que significa educar y educarse en sociedad.

De esta forma, se concibe la concepción sociopedagógica, como una estructura integral y totalizadora que permite establecer las relaciones primordiales entre lo jurídico ciudadano, lo psico-pedagógico y lo socioprofesional.

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La labor orientadora en el proceso de prevención del trastorno de conducta, se comprende como un proceso complejo de ayuda interdisciplinar, que se encamina a la concepción y desarrollo de un conjunto de saberes, valores, procedimientos, técnicas e instrumentos, así como recursos socioeducativos que posibilitan anticiparse a las desviaciones del comportamiento a fin de evitar la aparición del trastorno de conducta o su agravamiento en el caso de que exista con el objetivo de organizar el conjunto de interacciones socioeducativas que viabilizan el desarrollo del educando y su resocialización.

Resocialización es entendida como la asimilación de nuevos patrones comportamentales que resignifican las experiencias del educando y les permiten identificar de manera crítica y reflexiva el comportamiento inadecuado, así como la adopción de una actitud acorde con los nuevos saberes y habilidades.

La resocialización se advierte en dos grandes niveles, en correspondencia con el grado de alteración del comportamiento, una resocialización primaria, dirigida al educando con dificultades y problemas de conducta que requiere reacomodar y rectificar la significación de la actuación propia, así como las actitudes que asume ante las normas y patrones de comportamiento establecidos, en el proceso de su educación en aras de solucionar los conflictos que en este se desencadenan. Este nivel implica reajustar el cumplimiento de las normas, las costumbres, y los patrones morales a partir de la selección de métodos que logren transformar el comportamiento del orientado.

La resocialización secundaria, por su parte, está dirigida al educando con trastorno de conducta instaurado, lo que implica reforzar y estabilizar las adecuadas formas de conducta que vayan adquiriendo estos, a partir de que comprendan la utilidad y la pertinencia ético- axiológica4 de los límites y normas que le rodean y las suyas propias.

4Proceso mediante el cual se forman y desarrollan conceptos, juicios y razonamientos morales que en unidad con los sentimientos, autorreferentes, valores e ideales morales, dinamizados por el aprendizaje ético a partir del diálogo educativo, le permiten al sujeto un accionar, reflexivo, crítico y autónomo que propenda al bien, la

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La dimensión jurídico-ciudadana se concibe, como una perspectiva particular de la labor orientadora que posibilita el análisis y valoración de los aspectos asociados a las causas, aparición y manifestaciones de comportamientos identificados como desviaciones y/o trastornos conductuales, desde el reconocimiento de las claves orientadoras de carácter jurídico-ciudadano y los lineamientos que pautan el comportamiento socioprofesional de los miembros de este órgano y de los sujetos que reciben su influencia orientadora, a fin de propiciar un proceso de justicia pedagógica que refrende el derecho del educando con trastorno de conducta a recibir una educación de calidad.

La comprensión y puesta en común de las claves orientadoras de carácter jurídico- ciudadana, se concretan en los fundamentos jurídicos constitucionales establecidos para el sistema educacional cubano, a fin de valorar los instrumentos jurídicos que resultan útiles para el desarrollo del trabajo preventivo, destacan los principios constitucionales, fundamentalmente los referidos a la igualdad social y formal y la participación y control popular, cobran particular importancia, además, el Código de la Niñez y la Juventud y el Código de Familia.

La dinámica del surgimiento del trastorno de conducta, es de naturaleza compleja y es consecuencia de la interacción de un conjunto de elementos causales. Su etiología es de carácter polifactorial o multivariable. Las manifestaciones conductuales inadecuadas, son el resultado de la influencia, durante un tiempo prolongado, de situaciones traumáticas, conflictivas y de vivencias negativas del educando, las cuales dañan o alteran la formación de su esfera emocional-volitiva. Estas manifestaciones reflejan las violaciones de derechos y de deberes que comprometen los aprendizajes básicos para la vida. La orientación desde lo jurídico-ciudadana, se inscribe dentro de la estimulación y búsqueda de una educación para la

aceptación, la solidaridad, la equidad y la justicia, como presupuestos ético-axiológicos que sustentan la condición humana. (Celeiro. Tesis Doctoral 2013, pág. 57).

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convivencia proactiva que afianza la dinámica de las relaciones a nivel interpersonal, intergrupal.

La relación entre los sujetos, en su doble dirección, según esta perspectiva, se resuelve con la aplicación de recursos que legitiman la importancia del otro, a partir de respetar las diferencias y de reconocer las violaciones e ilegalidades que se originan en torno al derecho. En el seno de la familia, y en algunas ocasiones en el proceder de los maestros y profesores se generan las causas y condiciones de los desajustes que implican las violaciones de las normas establecidas. Lo que conduce a lacerar la identidad del educando, sobre todo porque en la interrelación entre factores externos e internos se forma el defecto principal o primario, expresado en afectaciones en la esfera afectivo-volitiva, lo cual a su vez origina afectaciones secundarias de mayor o menor grado en otras esferas de la personalidad.

Todo lo anterior, produce dificultades en el aprendizaje, en las relaciones interpersonales y en una inadecuada adaptación social. Por lo general, estos menores, al estar sometidos desde edades muy tempranas, a patrones de referencias inadecuados; contentivos de relaciones interpersonales poco afectivas, conductas que reflejan diversos niveles de violencia tanto en el ambiente escolar, familiar y comunitario llegan a transferir estos modelos a su conducta. Esta situación, implica que se condicione la orientación en función de promover la justicia pedagógica hacia el educando, con la finalidad de restablecer la participación social de este, como sujeto de derecho.

Se considera la gestión de la justicia pedagógica, de la labor orientadora como la expresión que ha de sintetizarse en la comprensión de esta, y que proporciona el principal fundamento ético-axiológico para el reordenamiento de esta labor, en función de la prevención del trastorno de conducta, lo que presupone, al mismo tiempo, la igualdad en determinados aspectos del proceso de educación social y la diferencia en otros de la misma naturaleza, de esta manera la justicia pedagógica, refrenda la relación orgánica entre unidad y

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diversidad. En la esfera educativa, en general, y de la labor orientadora en particular, la justicia pedagógica se comprende desde una mirada multidimensional compleja que implica:

El cuidado y la preservación de los derechos del educando en los diferentes espacios socioeducativos. La atención a la diversidad educativa.

La necesidad de involucrar al educando en ambientes comunicativos desarrolladores.

La asesoría a la práctica educativa de manera que en esta se materialicen los valores que se articulan a la justicia pedagógica, ellos son: la equidad, la igualdad, la imparcialidad, el equilibrio, el respeto, la tolerancia, la solidaridad en el trato propiciado al educando, tanto desde la educación como dentro del proceso de enseñanza aprendizaje.

Lo jurídico-ciudadano, encuentra en la actuación de los actores sociales del proceso de prevención, un espacio de construcción y reconstrucción, de su ejercicio orientador hacia la comunidad, el educando, la escuela y la familia, para poder formar una ciudadanía activa, lo que requiere sistematizar los saberes a través del aparato legal que sostiene el funcionamiento del órgano, mediante el proceso de sistematización legislativa.

La sistematización legislativa, es entendida como un proceso dialéctico, continuo, de reflexión crítica que implica comprender, interpretar, reconstruir y transformar la realidad educativa que rodea al educando, a partir de la aplicación de los preceptos legales establecidos en correspondencia con las particularidades de cada caso, a partir de incidir en los imaginarios colectivos y las prácticas que comprometen conductas proactivas.

También se constituye en una guía para el desarrollo del conocimiento de las normas, por parte de todos los implicados en la prevención del trastorno de conducta: directivos, maestros especialistas, representantes legales, organismos y organizaciones; que permite

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confrontar las dificultades que se manifiestan en la educación social y lograr adecuados valores en la convivencia.

La sistematización legislativa del órgano se desarrolla mediante los criterios de equidad, que permiten resolver un caso donde no cabe la simple aplicación de un texto legal, se necesita armonía en los deberes de la justicia con otras virtudes morales; adaptar concretamente una determinada concepción de justicia (conjunto de procedimientos, valores y criterios que fundamentan y justifican los actos de admisión de las normas jurídicas) a su aplicación, de manera individualizada.

Este proceso permanente contribuye a la autopreparación de los implicados en la prevención, a partir de la autogestión del conocimiento de las leyes, códigos, normativas y del apego a la legalidad y al sentido de justicia pedagógica, con toda la complejidad que esta encierra. La misma se sostiene a partir de comprender la diversidad y complejidad de las características del sistema de influencias en los entornos en que se desarrolla el educando, todo lo cual va dirigida hacia una nueva cualidad, entendida como la comprensión sociocultural.

La comprensión sociocultural se entiende, como una perspectiva para concebir la compleja relación que se establece entre las características personológicas del educando y del medio sociocultural donde este se desarrolla; lo que es estructurado desde la argumentación de criterios, puntos de vista, mediada por un proceso investigativo que favorece la modificación de los valores socioculturales desfavorables que son asumidos por el educando como propios. La intención, desde los actores sociales a partir de la aplicación del diagnóstico contextual (e identificar tempranamente las necesidades de los contextos, las condiciones particulares del educando, trata de ubicar: por qué, dónde, con quiénes y cómo influyen estos aspectos en la configuración del comportamiento), es propiciar el cuestionamiento de las situaciones de crisis, de riesgo y de vulnerabilidad y contribuir a la construcción de

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oportunidades conjuntas, con acciones socioeducativas. La comprensión sociocultural promueve la búsqueda del compromiso del contexto hacia el sentido de responsabilidad y de obligación de proteger los derechos del educando y de ofrecer una atención con calidad. Se requiere de una comprensión, fundada en la educación de la tolerancia para asumir con eficacia los obstáculos, los retos, tanto a nivel de conocimiento, como a nivel de los valores morales y jurídicos, fundados en ideas, argumentos y visiones diferentes.

Esta configuración va dirigida a la reconstrucción de la dinámica histórica del desarrollo del educando, teniendo en cuenta su historia de vida, y los acontecimientos útiles que han configurado su personalidad, aspectos que se necesitan para la conformación de los diferentes niveles de ayuda durante el proceso de toma de decisiones, lo que se expresa en una cualidad superior que es la orientación socioeducativa anticipatoria, esta permite dar respuestas a las contradicciones que se generan en la práctica socioeducativa. Como configuración, la orientación socioeducativa anticipatoria es comprendida como el proceso sistemático, encaminado a la toma de medidas integradoras para evitar, retardar o impedir la aparición de obstáculos y/o limitaciones que pueden impactar y entorpecer la satisfacción de las necesidades de los educandos. La anticipación se delimita en la interacción educativa que se establece entre las agencias socioeducativas que participan en la formación del educando.

La orientación anticipatoria, se inscribe en la práctica socioeducativa; exige y plantea un proceso de despliegue, descubrimiento y potenciación de los valores positivos, en la búsqueda de una conducta social proactiva. Esta configuración se encamina de manera significativa a la atención a la diversidad en la prevención del trastorno de conducta, toda vez que debe dirigirse de manera diferenciada a los educandos que manifiestan dificultades en la conducta, problemas de conducta o trastornos propiamente expresados. Se debe atemperar la orientación, a las particularidades de cada uno de estos niveles de alteración de la conducta y a la etapa del desarrollo en que se encuentre el educando, ya que cada uno de ellos es diverso.

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La dimensión jurídico-ciudadana permite:

La comprensión de la naturaleza sistémica de las relaciones interactivas del educando en sus principales espacios de convivencia.

La concientización de los actores sociales que pasa por la comprensión de la necesidad de una concepción holística en el despliegue de su potencial para generar cambios en los modos de actuación desde su interior hacia el educando.

La comprensión de la reflexión como un mecanismo esencial en esta búsqueda de sentido de los aspectos de la normatividad moral y jurídica en tanto se articulan con los elementos afectivos, motivacionales que promueven las actitudes más comprometidas con el cambio.

Requiere previsión, individual, grupal, institucional y social ciudadana. El énfasis del papel socioeducativo, se centra en el proceso de comunicación educativa, para alcanzar acuerdos hacia la acción cooperada.

Actuar de manera constructiva, en la valoración de la pluralidad, identidad y diferencias existentes en torno al educando, enmarcadas en una perspectiva de

derechos.

En la labor de orientación, adquiere un relevante significado la integración socioprofesional como un proceso, que implica la integración de influencias socioeducativas, de todo un sistema armónico, coherente, continúo y variado que tiene como esencia las interrelaciones e interacción dialéctica de los profesionales del órgano con el educando, en su medio social y viceversa, para anticiparse o eliminar los desajustes en la conducta de estos, se concreta en el conjunto de actividades que promueven la participación de los distintos actores y agencias sociales en la toma de decisiones en los diferentes niveles en que se concreta este proceso de prevención (familia, líderes, representantes sociales del Consejo Popular, el Consejo de Escuela o de círculo, entre otros).

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La integración socio profesional, como proceso, tiene un carácter eminentemente constructivo; parte de reconocer las fortalezas de los participantes, para detectar las dificultades e insuficiencias, perfeccionar la orientación y asegurar la continuidad del proceso formativo. Se caracteriza por:

Formas de dirección participativa y colegiada.

La definición de las responsabilidades de los que participan en el proceso de interacción.

Interrelación entre todos los factores que potencian el desarrollo de la educación en la búsqueda de soluciones a problemas reales.

La búsqueda de la elevación de la calidad del proceso educativo, en los distintos niveles de enseñanza.

La búsqueda de soluciones a los problemas educacionales por la vía de lo científico metodológico.

Conclusiones

La concepción sociopedagógica de la labor orientadora permite, en los actores sociales implicados en la prevención, un accionar reflexivo, crítico y autónomo que propenda al bien, la equidad y la justicia pedagógica, como presupuestos que sustentan la resocialización del educando con trastornos de conducta.

El proceso aludido se particulariza en su valor como herramienta conceptual- metodológica educativa, a partir de determinar que:

Constituye una expresión sintética del proceso socioeducativo, donde se favorece la prevención del trastorno de la conducta del educando desde la resocialización articulada por la justicia pedagógica como proceso

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Téllez y Bonne

Bibliografía

Caride, J. A., (2001) Las fronteras de la Pedagogía Social. Perspectivas científica e histórica. Barcelona.

Caride, J. A.; Meira, P. A., (2001) Educación Ambiental y Desarrollo Humano. Ariel, Barcelona.

Celeiro, A., (2013) La cultura ético-axiológica humanista del profesional de la educación desde la formación inicial. Tesis presentada en opción al grado científico de Doctor en Ciencias Pedagógicas. UCP “Frank País García” Santiago de Cuba. Cuba

Collazo Delgado, B. y M. Puentes Albá., (2001) La orientación en la actividad pedagógica. Editorial, Pueblo y Educación. La Habana. Cuba

Fabelo Corzo J. R. y Acosta Morales H., (2008) Para un estudio de la justicia como valor Material en soporte digital.

Graterol A, G. L (s.a.)., Educación social en Venezuela. Una experiencia sobre su investigación Ponencia presentada al IV Congreso Estatal del Educador/a Social.

Gomes da Costa Antonio Carlos, (2010) Pedagogía y justicia. Material digitalizado.

Lamas Ladaga Ana María., Justicia pedagógica y atención a la diversidad. En Rev. Complut. Educ. Vol. 17 Núm. 2 51-66, ISSN 1130-2496, 2006.

Los derechos humanos del menor y del niño frente al Sistema de justicia juvenil. Instituto Latinoamericano de Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento. (1990) Impresión ligera digitalizada. San José Costa Rica.

Ortega Esteban, J., (1998)La educación a lo largo de la vida o el espacio de la educación social, en Pantoja, L. (coord.): Nuevos espacios educativos en educación social., Mensajero, Bilbao.

Ortega Rodríguez L. (2008) El sistema de administración de justicia de menores en Cuba. Su dimensión jurídico pedagógico-metodológica. Material en soporte digital.

Cienc. Soc. y Econ. UTEQ. 2020. 4(1): 50 – 70 69

Téllez y Bonne

Pérez Serrano G., “Derechos Humanos y Educación Social”, en Revista de Educación; Educación Social, No. 336. Ministerio de Educación y Ciencia ISSN :0034-8082, pág19-40, Madrid, 2005.

____________________.

Tellez Rodríguez Niurka. (2013) Metodología para el perfeccionamiento de la labor orientadora del Consejo de Atención a Menores del MINED. Tesis presentada en opción al grado científico de Doctor en Ciencias Pedagógicas. Santiago de Cuba. Cuba.

Suárez, C., & Del Toro, M., (1999) La orientación educativa en el proceso de enseñanza aprendizaje. Santiago de Cuba: Material docente de la Maestría en Ciencias de la Educación de la Universidad de Oriente.

Venet Muñoz. R. (2003) Estrategia educativa para la formación ciudadana de los escolares del primer ciclo desde la relación escuela comunidad. Tesis presentada en opción al grado científico de Doctor en Ciencias Pedagógicas. UCP ¨ Frank País García¨. Santiago de Cuba.

Vygotski, S., (1984) El Desarrollo de los Procesos Psicológicos Superiores. Barcelona, Granada.

Cienc. Soc. y Econ. UTEQ. 2020. 4(1): 50 – 70 70